febrero 3, 2025

Banquero obtiene derecho a un plan de salud de por vida en la corte

Los trabajadores que hayan ingresado al programa de pensión especial complementaria tienen derecho a mantener el fondo de salud en las mismas condiciones que tenían cuando estaban activos, siempre que así se estipule en el contrato, para no perjudicar la salud de los beneficiarios.

La advertencia se dio por la prestación contractual y las posibles complicaciones en la salud de los beneficiarios
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Con base en ese entendimiento, el Segundo Juzgado Civil de la Provincia de Pango, en Río de Janeiro, otorgó la tutela anticipada a un hombre para mantener la cobertura del plan de salud vinculado a un plan de jubilación complementario, que prevé beneficio.

El empleado del banco tuvo que acudir a los tribunales para exigir que la Fundação Itaú Unibanco de Previdência Complementar y Central Nacional Unimed cumplan con el contrato firmado con la pensión complementaria, que otorga el plan de salud de por vida en condiciones similares a las del empleado activo. La oferta se la hizo la entidad financiera al empleado cuando el empleado del banco pasó de un plan de retiro (PAC) a un plan terminal de aportes, denominado Plano CD.

Con base en los documentos presentados, el juez dictó una medida cautelar, considerando que existe riesgo de perjuicio para el empleado bancario y sus dependientes con la suspensión de la asistencia del fondo de salud.

“Por lo tanto, existe un claro riesgo de perjuicio para el resultado beneficioso de la operación, dado el estado de asistencia del plan de salud de la actora, así como para sus dependientes, incluso, en relación con el tratamiento de la hija de la actora, diagnosticada con TDAH, un trastorno neurobiológico, y por lo tanto, hay una necesidad de proteger y restaurar su salud”, enfatizó.

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Así, ha precisado que las instituciones cobrarán al beneficiario una cuota mensual correspondiente al monto realizado con anterioridad, cuando el banquero realice el trabajo, y sólo permitirán la adición de los legales y los que resulten del cambio de grupo de edad, so pena de una multa. multa diaria. Un valor de R$ 1.000,00 en caso de incumplimiento de la obligación.

Era la representación judicial del banquero Stamato, Saboya & Rocha Abogados Associados.

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